Apología al delito: una iniciativa que exige debate democrático y garantías
. El Proyecto de Ley 00043-2026-2031-CD plantea incorporar nuevas consecuencias penales para expresiones vinculadas con la promoción, legitimación o exaltación de conductas delictivas durante crisis políticas o conflictos sociales.
El debate cambia de dimensión cuando una norma penal puede alcanzar a periodistas, medios, plataformas digitales o ciudadanos que informan sobre hechos ocurridos durante una protesta, una crisis o una confrontación social.
La preocupación central no consiste en defender el delito ni la violencia. Consiste en impedir que el lenguaje penal termine confundiendo informar sobre un hecho con promoverlo, especialmente cuando existe tensión política y alta conflictividad social.
Informar sobre una protesta no equivale a promover los delitos cometidos
La cobertura periodística cumple una función democrática: mostrar qué ocurre, quiénes participan, qué reclaman, qué daños se producen y cómo actúan las autoridades. Esa tarea puede incomodar, pero no por ello constituye apología.
Durante las protestas iniciadas en diciembre de 2022 se registraron numerosos ataques contra periodistas y medios. La experiencia demuestra que cubrir conflictos sociales ya implica riesgos físicos, amenazas, hostigamiento y restricciones informativas.
Agregar ahora el riesgo de una interpretación penal amplia puede producir un efecto silencioso: que periodistas, comunicadores ciudadanos y medios prefieran no cubrir determinados acontecimientos por temor a una denuncia o investigación.
El precedente de la apología del terrorismo obliga a actuar con cuidado
El ordenamiento peruano ya contempla un delito específico de apología del terrorismo. Su aplicación ha generado condenas cuando se acredita la exaltación, justificación o enaltecimiento de actos terroristas o de personas condenadas.
Precisamente por esa experiencia, resulta indispensable diferenciar la apología de una actividad periodística. Una fotografía, una entrevista, una transmisión en directo o una crónica pueden mostrar hechos violentos sin respaldarlos.
Convertir la cobertura de un conflicto en sospecha penal sería especialmente delicado. La prensa debe poder documentar abusos, violencia, excesos policiales, daños materiales y reclamos ciudadanos sin convertirse en parte del conflicto.
El peligro aparece cuando la herramienta penal puede silenciar información
Una democracia necesita sancionar conductas realmente delictivas, pero también necesita reglas claras. Las figuras penales ambiguas pueden generar autocensura cuando periodistas y ciudadanos no saben con precisión qué expresión podría terminar siendo considerada ilícita.
La libertad de expresión protege especialmente el debate sobre asuntos públicos. Las restricciones posteriores deben responder a criterios de legalidad, necesidad y proporcionalidad, sin utilizar mecanismos indirectos para impedir la circulación de información.
Por ello, cualquier reforma debe establecer límites inequívocos entre instigación directa, participación delictiva, apología y ejercicio legítimo de la libertad de información. La diferencia no es académica: protege derechos concretos.
Los conflictos sociales también requieren ciudadanía informada y vigilante
La sociedad civil no es un espectador pasivo. Organizaciones vecinales, colectivos ciudadanos, gremios, comunidades y periodistas cumplen una función esencial al documentar demandas, abusos y respuestas institucionales.
Una sociedad democrática necesita escuchar las reivindicaciones ciudadanas, incluso cuando resulten incómodas para el poder. El conflicto social no desaparece porque se silencie su cobertura; simplemente deja de ser visible para la opinión pública.
La prensa ciudadana amplía esa vigilancia. Con teléfonos, redes sociales y plataformas digitales, cualquier ciudadano puede registrar un hecho relevante. Esa participación debe fortalecer la democracia, no transformarse automáticamente en una amenaza penal.
Garantías para periodistas, medios y comunicadores ciudadanos
La Sociedad Peruana de Prensa expresa su preocupación ante cualquier iniciativa que pueda ampliar el campo de persecución penal sobre expresiones realizadas durante crisis políticas o conflictos sociales.
Solicitamos que el debate parlamentario incorpore garantías explícitas para la actividad periodística, la libertad de información, la crítica política, la documentación audiovisual y la cobertura de protestas, sin excepciones ambiguas.
Defender la libertad de prensa no significa defender la violencia. Significa defender el derecho de la ciudadanía a conocer la verdad de los acontecimientos. El Perú necesita más información, más transparencia y más democracia, no silencio.
El Comité Ejecutivo exhorta a las instituciones públicas, organizaciones sociales, periodistas y ciudadanos a participar activamente en este debate. Toda reforma penal debe proteger simultáneamente la seguridad, la justicia y las libertades democráticas.
La experiencia de los conflictos sociales demuestra que silenciar la información no resuelve las causas de una crisis. La salida democrática exige diálogo, rendición de cuentas, respeto a las víctimas y pleno acceso ciudadano a información plural.
Por ello, llamamos a defender una prensa libre, responsable e independiente. La democracia necesita periodistas que puedan preguntar, investigar, registrar y contar lo que ocurre, especialmente cuando el país atraviesa momentos difíciles.
COMITÉ EJECUTIVO
SPP — Sociedad Peruana de Prensa


Deja un comentario